TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siuiente: O R D E N A N Z A Nº 272/89 -------------------------------- ARTICULO 1.- Establécese que el cincuenta por ciento (50%) de los fondos que en ------------ concepto de aportes no reintegrables que se reciban en el Municipio por aplicación del Convenio de Descentralización Administrativa Tributaria cele-brada oportunamente con el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Ai-res, serán afectados en el año 1989 al programa de Autocunstrucción, de la Comi-sión Intersectorial de la Vivienda (C.I.V.) del Municipio de Balcarce.--------- ARTICULO 2.- La Comisión Intersectorial de la Vivienda (C.I.V.) deberá priorizar ------------ el destino de los fondos a lo siguiente: 1.- Terminaci¢n de cielorrasos en viviendas del Barrio Avenida II.- 2.- Adquisici¢n de tierras para futuros barrios que emprenda el pro- grama. La ubicación de las mismas requerirá de la previa aproba- ción del Honorable Concejo Deliberante.------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los veintidós días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve. FIRMADO: Carlota A. Alvarez de Rodríguez - PRESIDENTA - Juan José Tro-ya - SECRETARIO.---------------------------------------------------------------